Artículo 146 Anual 2021

ANUAL 2021

 

Fecha de actualización:  01 / Enero / 2021

Fecha de Validación:  31 / Diciembre / 2021

Periodo de Actualización: Anual

 

Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia


Artículo 146 Anual 2020

ANUAL 2020

 

Fecha de actualización:  01 / Enero / 2020

Fecha de Validación:  31 / Diciembre / 2020

Periodo de Actualización: Anual

 

Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia


Artículo 146

Artículo 146. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.

Periodo de actualización: Anual
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso
Aplica a: todos los sujetos obligados

Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia


Artículo 146

ANUAL 2019

 

Fecha de actualización:  01 / Enero / 2019

Fecha de Validación:  31 / Diciembre / 2019

Periodo de Actualización: Anual

 

Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia


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