Artículo 146 Anual 2021
ANUAL 2021
Fecha de actualización: 01 / Enero / 2021
Fecha de Validación: 31 / Diciembre / 2021
Periodo de Actualización: Anual
Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia
Artículo 146 Anual 2020
ANUAL 2020
Fecha de actualización: 01 / Enero / 2020
Fecha de Validación: 31 / Diciembre / 2020
Periodo de Actualización: Anual
Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia
Artículo 146
Artículo 146. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.
Periodo de actualización: Anual
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso
Aplica a: todos los sujetos obligados
Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia
Artículo 146
ANUAL 2019
Fecha de actualización: 01 / Enero / 2019
Fecha de Validación: 31 / Diciembre / 2019
Periodo de Actualización: Anual
Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Unidad de Transparencia