Artículo 122 Fracción I 2018

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  • Fecha de creación noviembre 18, 2019
  • Última actualización febrero 5, 2020

Artículo 122 Fracción I 2018

Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Periodo de actualización: trimestral. La información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año

Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores

Aplica a: todos los Sujetos obligados

Área(s) o unida(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Dirección General de Desarrollo Social y Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.